Si eres particular o autónomo y no puedes pagar tus deudas, la ley permite solicitar la exoneración de lo que no puedas asumir, cumpliendo requisitos de buena fe. Nuestro equipo jurídico te acompaña de principio a fin.
Es un mecanismo concursal que permite a las personas físicas liberarse de sus deudas cuando acreditan insolvencia y buena fe. Tras la reforma de 2022, la exoneración puede concederse con plan de pagos sin liquidar todo el patrimonio o mediante liquidación, según el caso. En algunas situaciones es posible conservar la vivienda habitual si se aprueba un plan viable.
* Estudiamos si esta vía te conviene más que la renegociación o la reunificación.
Validamos tu elegibilidad antes de iniciar el procedimiento.
No puedes cumplir regularmente tus obligaciones (actual o inminente).
Actuar con diligencia y transparencia durante todo el proceso.
Aportar listados de deudas, ingresos, CIR del BdE, bienes y cargas para el expediente.
Nota: La ley prevé exoneración parcial de deuda pública (p. ej., hasta 10.000 € con AEAT y 10.000 € con TGSS, con reglas específicas), pero existen resoluciones que amplían criterios; la práctica está en evolución y depende del juzgado.
De principio a fin, con un plan claro y tiempos realistas.
Analizamos tu situación y documentación.
Elegimos entre plan de pagos o liquidación, o combinamos con negociación.
Solicitamos la exoneración ante el juzgado mercantil competente.
Resolución judicial y, en su caso, cumplimiento de plan con nuestro acompañamiento.
| Segunda Oportunidad | Renegociación/Reunificación | |
|---|---|---|
| Objetivo | Cancelar deudas impagables (exoneración) | Bajar cuota, ordenar pagos |
| Activos | Conservar algunos con plan; o liquidar | No afecta a la propiedad (salvo garantías) |
| Crédito público | Exoneración limitada y cambiante | No se cancela; se fracciona/regulariza |
| Resultado | “Borrón y cuenta nueva” condicionado a requisitos | Alivio de liquidez; la deuda permanece |
* Te ayudamos a elegir la vía adecuada para tu caso concreto.
Nombres modificados por privacidad.
“Me exoneraron 42.000 € y pude rehacer mi actividad.”
“Con plan de pagos mantuve mi vivienda y cerré el concurso.”
“Pararon los embargos y al final obtuve la exoneración.”
Resolvemos dudas clave.
Hacemos un estudio gratuito y te damos una ruta clara.
Cuéntanos tu situación y te propondremos la mejor vía: Segunda Oportunidad, renegociación o salida de ASNEF.
La información de esta página es de carácter orientativo y no constituye asesoramiento jurídico individual.
Tel.: +34 641 227 208